RD 176/2014 por el que se regula el procedimiento para la tramitación de iniciativas y quejas de los miembros de las FAS

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RD 176/2014 por el que se regula el procedimiento para la tramitación de iniciativas y quejas de los miembros de las FAS

07/04/2014
Este real decreto tiene por objeto definir el procedimiento para la tramitación y resolución de iniciativas y quejas en el ámbito de las FAS.
Dentro del mencionado procedimiento, se establece una diferencia para la tramitación de las iniciativas y de las quejas. De hecho, en las iniciativas se configura un régimen específico que incluye la posibilidad de que dichas iniciativas se estudien, llegado el caso, y por razones de competencia y con la finalidad de aportar información para que el órgano competente pueda resolver adecuadamente, por un grupo de trabajo constituido «ad hoc» que las estudiará, analizará y valorará.  Finalmente, las iniciativas serán recogidas anualmente en un informe del recientemente aprobado Observatorio de la Vida Militar.
En lo que se refiere a las quejas, y conforme a lo que se establece en el artículo 28.3 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, se crea un procedimiento de dos instancias: la primera, en la que se tramitarán las quejas siguiendo el conducto regular en la estructura jerárquica de las Fuerzas Armadas, y la segunda, para aquellas quejas que se considerasen que no han sido lo suficientemente atendidas ante los órganos que se determinan en esta disposición.  Al fin y al cabo, también existirá la posibilidad reconocida en la normativa vigente de continuar dichas quejas conforme a la normativa anterior, y además, se establece expresamente que lo dispuesto en este real decreto será sin perjuicio de lo previsto en el capítulo IV, relativo al programa de quejas y sugerencias, del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.

Por último, se incluye dentro de las disposiciones finales una modificación en el artículo 36 del Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuerzas Armadas y sobre el acceso a la condición de militar de carrera de militares de tropa y marinería, aprobado por el Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, con la que se amplía el número máximo de convocatorias para que los militares de tropa y marinería puedan acceder a una relación de servicios de carácter permanente, y se introducen dos modificaciones en el Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 383/2011, de 18 de marzo. La primera hace referencia a los aspirantes que se han de encuadrar en los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas, señalando que la duración de la formación militar específica podrá reducirse al mínimo imprescindible para el conocimiento de la unidad, centro u organismo al que corresponda la plaza asignada, pudiendo quedar exentos aquellos que hubieran sido seleccionados en plaza directamente relacionada con su profesión civil. La segunda modificación sustituye las activaciones del reservista, en lo que afecta a la ampliación de su compromiso, por una declaración escrita, en la que manifieste su voluntariedad para ser activado en las condiciones que regula este Reglamento.

Si desea ver el texto completo del RD pinche el pdf adjunto.
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