Auto Tribunal Militar Territorial Primero que en aplicación Ley Orgánica 12/2007 (art. 7 bis) se revisa condena penal anterior.
14/10/2008
SUSTITUCION PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD POR MULTA.- Se trata de un supuesto en que el Guardia Civil es condenado (porque se le escapa un tiro en acto de servicio que hiere a un compañero) por un delito contra la eficacia del servicio a tres meses y un día. Con la introducción del art. 7 bis se concluye que ese hecho en la actualidad sería enjuiciado por la Jurisdicción ordinaria y podría ser calificado de falta, y por ello reduce la pena a una multa de DIEZ DÍAS a razón de dos euros día (20 Euros).-