Auto Tribunal Militar Territorial Primero que otorga la suspensión de la ejecución de la condena penal a Guardia Civil.-
01/12/2008
SUSPENSION EJECUCION PENA POR DELITO MILITAR A GUARDIA CIVIL.- El Tribunal Militar Territorial Primero ha entendido en todo momento que la Guardia Civil no pertenece a los Ejércitos y por tanto le es de aplicación este beneficio que se excluye para los pertenecientes a los Ejércitos en el art. 44 del Código Penal Militar, siendo este Auto una muestra de la doctrina del Tribunal que pretendió en su día anularse por la Fiscalía Militar pero que ha sido mantenida de forma uniforme, siendo además este Tribunal bastante graciable en el sentido de permutar penas privativas de libertad por multas aplicando los beneficios del Código Penal ordinario en este sentido para penas inferiores a un año.