Sentencia Juzgado Central Contencioso Administrativo nº 7 de Madrid que reconoce derecho a Militar de Empleo a percibir indemnización cuando finalice su compromiso por lesión en ACTO DE SERVICIO.-
12/09/2006
LESIONES MILITAR DE EMPLEO EN ACTO DE SERVICIO.- La reclamación la formuló este despacho porque, al acabar el procedimiento de incapacidad de esta Militar de Empleo se la declaró Apta con limitaciones pero manifestando que no estaba incluida en el R.D. 1186/2001, y no tenía derecho a nada, recurriéndose tal declaración por cuanto se consideraba aplicable la DT 3ª de dicho Real Decreto y había que declarar su derecho a obtener la indemnización correspondiente (consiguiendo que se eleve del 7 al 18% la declaración de minusvalía otorgada por la Junta Médico Pericial) prevista en esa norma una vez cesara su relación de servicios con las FAS, indemnización que corresponderá al 200% por ser la lesión en acto de servicio.- Sentencia muy razonada que contiene una importante doctrina y extenso análisis de la norma, a lo que nos tenía acostumbrados el entonces Magistrado de ese Juzgado que actualmente se encuentra en el TSJ de la Comunidad de Madrid.