Sentencia Juzgado Central Contencioso Administrativo nº 6 Madrid que reconoce derecho de Militar de Empleo a pensión ordinaria por inutilidad para el servicio.
18/02/2005
PENSION ORDINARIA POR INCAPACIDAD A MILITAR DE EMPLEO.- El interesado, Cabo MPTM del Ejército de Tierra, sufrió una lesión lumbar mientras participaba en unas maniobras militares, siéndole diagnosticada una protusión discal L4-L5-S1, con lumbo-ciática, padecimiento que no tuvo buena evolución y que, dado su duración en el tiempo, dio lugar a un trastorno mixto ansioso-depresivo que finalmente le llevó a que se le declarara por el Ministro de Defensa su insuficiencia de condiciones psicofísicas, resolviendo su compromiso sin otorgar pensión de clases pasivas, por entender que la enfermedad no se produjo a causa de un hecho ocurrido durante el período de prestación de servicios como militar profesional (Art. 1.2 R.D. 1186/2001), apoyando esa afirmación en los dictámenes de las Juntas Médico Periciales de la Sanidad Militar. Sin embargo, la prueba pericial practicada en autos demuestra que el trastorno psíquico tiene su origen en la lesión lumbar padecida por el Cabo y en la mala evolución de la misma, existiendo por lo tanto, en palabras del Juzgado, "un hecho tangible" que da lugar a la inutilidad para el servicio, reconociendo al actor su derecho a lucrar una pensión ordinaria por inutilidad para el servicio.